Inicio Nacionales Instituto Duartiano: ningún presidente ha usado la banda presidencial con el escudo correcto

Instituto Duartiano: ningún presidente ha usado la banda presidencial con el escudo correcto

por Informador RD

SANTO DOMINGO.- El Instituto Duartiano mostró este martes su preocupación por la exhibición de banderas nacionales desprovistas del escudo, propiciadas por entidades que ostentan altas responsabilidades en las instancias del Estado, y lo calificó como uso irracional e inadecuado de los símbolos y emblemas patrióticos.

Mediante un comunicado de prensa de la entidad, el presidente de organismo, Wilson Gómez Ramírez, al hablar en un encuentro con directivos, efectuado en la Casa y Museo de Duarte, en la Ciudad Colonial, indicó: “El escudo nacional ha estado presente, desde nuestra primera constitución política de Estado en 1844, en la parte central de nuestra bandera nacional, precisando que el texto supremo que la bandera nacional mercante es la misma nacional, sin el escudo”.

“Por tanto, resulta un uso inadecuado e impropio usar la bandera dominicana desprovista de nuestro escudo en el centro, salvo el uso que se haga en las embarcaciones de carácter mercante, que surcan las aguas jurisdiccionales dominicanas”, expresó.

Manifestó que preocupa, además, la profusión de uso incorrecto del escudo nacional en todos los estamentos de la vida pública, desde los tres poderes públicos del Estado hasta establecimientos educativos superiores, alcaldías, monumentos, plazas públicas, entre otros.

Gómez Ramírez dijo: “Basta decir que en los últimos 90 años a ningún presidente de la República Dominicana se le ha colocado la banda presidencial con el escudo nacional correcto, pese a que el mismo fue oficializado en 1913 y reforzado constitucionalmente, hace 10 años”.

Agregó: “Esta tendencia se aparta del propósito enaltecedor que se persigue con la simbología de la patria y constituye una irreverencia y muchas veces un ultraje, figuras de tipo penal que comportan sanciones; en el caso de la irreverencia el artículo 38 de la ley número 210-19, sobre Símbolos Patrios establece la pena de quince a treinta días de prisión y multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público; se produce este delito cuando se hace uso de una bandera descolorida, raída, sin el escudo estando el tierra firme, con los colores invertidos, entre otros.

Señaló: “Cuando la falta contra el lienzo nacional es más grave, como la destrucción o quema en público, pisotearla, usarla para limpiar, etc., entonces se incurre en el delito de ultraje, la pena está contemplada en el artículo 39 de la referida disposición legal y es de uno a tres meses de prisión y multa de cinco a veinte salarios mínimos del sector público”.

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