Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento interpuesto por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S. A. (Telemicro), en una nueva decisión judicial relacionada con la titularidad del Canal 3 Virtual, actualmente a cargo de Franasyl, S.R.L.
La decisión, contenida en la sentencia TC/1022/26, dictada el 30 de septiembre de 2026, fue emitida contra el recurso presentado por Telemicro en contra del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), su Consejo Directivo y Franasyl, S.R.L.
Con esta sentencia suman nueve las decisiones dictadas por los tribunales, incluida la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en procesos relacionados con la titularidad del Canal 3 Virtual y en los que las pretensiones de Telemicro han sido rechazadas o declaradas improcedentes o inadmisibles, según corresponda.
El proceso se originó con una acción de amparo de cumplimiento presentada por Telemicro ante la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que mediante la sentencia núm. 0030-02-2026-SSEN-00175, del 24 de marzo de 2026, declaró improcedente la acción.
En esa instancia, Telemicro pretendía la suspensión de la promoción, uso, transmisión y retransmisión del Canal 3 Virtual que realiza Franasyl, S.R.L., sociedad que ejerce actualmente la titularidad de la señal.
Previamente, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo también había declarado improcedente otra acción de amparo de cumplimiento interpuesta por Telemicro, mediante la sentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00573, del 20 de noviembre de 2025.
Asimismo, en el conocimiento del fondo del recurso contencioso administrativo presentado contra la Resolución núm. 080-2022, emitida por el Consejo Directivo del Indotel, la Tercera Sala del TSA rechazó las pretensiones de Telemicro mediante la sentencia núm. 0030-04-2025-SSEN-00740, del 25 de noviembre de 2025.
A estos procesos se suma la decisión de la Suprema Corte de Justicia, que al conocer un recurso de casación dictó la sentencia núm. SCJ-TS-25-2023, del 26 de febrero de 2025, mediante la cual rechazó los argumentos y planteamientos formulados por Telemicro.
Además de las decisiones judiciales, el Indotel ha emitido cinco resoluciones relacionadas con el conflicto sobre el Canal 3 Virtual, de acuerdo con los antecedentes expuestos en el proceso.
La más reciente decisión del Tribunal Constitucional mantiene, de esta manera, el curso de las actuaciones administrativas y judiciales vinculadas con la titularidad, uso y explotación del Canal 3 Virtual.
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