La decisión del magistrado Franny González eleva la pena que podrían enfrentar los propietarios de la discoteca, Antonio y Maribel Espaillat, de tres a 20 años de prisión.
El juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, cambió este viernes la calificación jurídica del caso Jet Set a homicidio por dolo eventual, al acoger la solicitud de los familiares de las víctimas de la tragedia ocurrida en la discoteca.
La decisión implica una modificación respecto a la calificación de homicidio involuntario, por la que los propietarios del establecimiento, Antonio y Maribel Espaillat, podrían enfrentar una pena de entre tres y 20 años de prisión, según lo expuesto durante la audiencia.
El magistrado fundamentó su decisión en informes técnicos, testimonios y peritajes relacionados con la sobrecarga del techo de la discoteca, elementos que fueron considerados para evaluar las circunstancias del hecho y la posible responsabilidad de los imputados.
Al acoger la calificación de dolo eventual, el juez valoró los elementos presentados sobre los riesgos asociados a la estructura y la conducta atribuida a los propietarios frente a esas condiciones.
Asimismo, González sustentó su decisión en los aportes del jurista español Francisco Muñoz Conde y en jurisprudencias nacionales e internacionales, con el propósito de fundamentar la aplicación de esta figura jurídica al caso.
La nueva calificación modifica el marco jurídico bajo el cual se conocerá el proceso contra los propietarios de Jet Set, aunque la determinación de su responsabilidad penal corresponderá a las etapas posteriores del proceso judicial.
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