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Entra en vigor este lunes el nuevo Código Penal de la República Dominicana tras concluir la vacatio legis

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Santo Domingo.– Este lunes 3 de agosto de 2026 entra oficialmente en vigencia el nuevo Código Penal de la República Dominicana, al concluir el período de vacatio legis de 12 meses establecido por la Ley núm. 74-25, marcando el inicio de un nuevo marco jurídico adaptado a las modalidades delictivas y a las necesidades actuales del país.

Con su entrada en vigor, el país deja atrás el Código Penal que rigió desde 1884 durante más de 140 años e incorpora nuevas figuras delictivas, actualiza el régimen de sanciones y fortalece las herramientas legales para enfrentar delitos modernos.

El presidente Luis Abinader promulgó el pasado 27 de julio las modificaciones al Código Penal mediante el Decreto núm. 507-26, con el que además creó la Comisión de Seguimiento y Socialización para acompañar la implementación de la nueva legislación.

Aumentan las penas y se tipifican nuevos delitos

Entre los principales cambios figura el aumento de la pena máxima de prisión, que pasa de 30 a 40 años, con la posibilidad de alcanzar hasta 60 años por acumulación de condenas.

La nueva legislación tipifica el feminicidio como un delito autónomo y reconoce el sicariato como una infracción penal específica. Asimismo, establece sanciones para los ataques con sustancias corrosivas y endurece las penas por corrupción administrativa, crimen organizado, trata de personas y terrorismo.

El Código también incorpora delitos como el ciberacoso, el chantaje mediante contenido íntimo —incluidos los deepfakes—, el fraude piramidal y la desaparición forzada.

Reformas durante la vacatio legis

Durante el período de vacatio legis, distintos sectores expresaron objeciones a varios artículos de la normativa, especialmente los relacionados con la difamación.

Como resultado de ese proceso de revisión, el Congreso Nacional aprobó 32 modificaciones antes de su entrada en vigencia.

Entre los cambios introducidos destacan los artículos sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas y la extensión de esa responsabilidad; los daños causados por la aplicación de sustancias químicas; el hostigamiento, tanto agravado como cibernético; y la violencia doméstica e intrafamiliar.

Otras modificaciones

La reforma también abarca disposiciones sobre exhibicionismo sexual, acoso agravado, autosecuestro, discriminación, proxenetismo, difusión ilícita de contenido íntimo o reservado, perjurio, difamación, difamación extorsiva y los actos que no constituyen difamación o injuria.

Además, fueron modificados los artículos relativos al abandono de niños, niñas y adolescentes, el abandono agravado de menores, la bancarrota simple, la violación de propiedad, la malversación de fondos públicos, el ultraje en el ámbito jurisdiccional y la certificación falsa del estado de salud.

Con la entrada en vigor de esta legislación, las autoridades inician la aplicación de un Código Penal que busca responder a las nuevas formas de criminalidad y fortalecer el sistema de justicia penal de la República Dominicana.

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