Santo Domingo.– El Poder Ejecutivo emitió el Decreto núm. 502-26, que establece el procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías, productos y bienes elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso, con el propósito de fortalecer la protección de los derechos humanos y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.
La disposición faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir, mediante una decisión motivada, la importación de mercancías cuando determine que fueron producidas utilizando trabajo forzoso.
El decreto precisa que estas medidas podrán aplicarse incluso a mercancías que ya hayan zarpado hacia el país, se encuentren en puertos dominicanos o estén sometidas a cualquier régimen u operación aduanera antes de su ingreso definitivo al territorio nacional.
Asimismo, la DGA podrá ordenar, según corresponda, la reexportación de los productos al país de origen o a otro destino autorizado, su destrucción o cualquier otra medida contemplada por la legislación vigente.
La institución también deberá mantener un registro administrativo de las mercancías, productos y bienes cuya importación haya sido prohibida por esta causa.
Cooperación internacional
El Decreto núm. 502-26 dispone el fortalecimiento de la cooperación internacional mediante el intercambio de información y la adopción de buenas prácticas con organismos y autoridades de otros Estados, a fin de identificar mercancías que pudieran haber sido producidas mediante trabajo forzoso.
Coordinación entre instituciones
La normativa también establece un mecanismo de coordinación entre la Dirección General de Aduanas, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y demás entidades competentes, con el objetivo de reforzar las acciones de prevención y control en el comercio internacional.
Con esta medida, el Gobierno busca fortalecer los mecanismos de vigilancia sobre las importaciones y evitar el ingreso al país de bienes cuya producción esté vinculada a prácticas que vulneren los derechos fundamentales de los trabajadores.
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