La Corte de Apelación de Puerto Plata impuso al pelotero una multa de tres salarios mínimos y condiciones que deberá cumplir para mantener la suspensión de la pena.
La Corte de Apelación del distrito judicial de Puerto Plata condenó al pelotero Wander Franco a tres años de prisión suspendida, bajo condiciones, por el caso de abuso sexual y psicológico contra una adolescente.
Además, el tribunal le impuso una multa equivalente a tres salarios mínimos y estableció una serie de medidas que deberá cumplir durante el período de suspensión de la pena.
Entre las condiciones figuran someterse a la vigilancia del juez de ejecución de la pena, abstenerse de visitar lugares frecuentados por la víctima y evitar cualquier contacto, comunicación o relación sexual con ella mientras sea menor de edad.
La corte advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones podría provocar la revocación de la suspensión y obligar a Franco a cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe, en Puerto Plata.
Ministerio Público solicitó cinco años de prisión
La decisión se produjo tras el conocimiento de los recursos de apelación presentados contra la sentencia del Tribunal Colegiado del distrito judicial de Puerto Plata, que había declarado culpable al jugador y le había concedido el perdón judicial.
El Ministerio Público solicitó la revocación parcial de esa decisión y que se impusiera a Franco una condena de cinco años de prisión.
Por otro lado, la Corte ratificó la condena de 10 años de prisión impuesta a Martha Vanessa Chevalier, madre de la adolescente, quien también había recurrido la sentencia al alegar presuntas violaciones durante el proceso.
El tribunal rechazó los recursos de apelación presentados por los imputados, conforme a los fundamentos expuestos en su decisión.
Wander Franco y Martha Vanessa Chevalier estuvieron representados por sus abogados durante la audiencia en la que la Corte dio a conocer el fallo.
Deja un comentario