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CNSS: Recetas médicas tendrán cobertura aunque el médico no pertenezca a la ARS

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Los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) podrán utilizar recetas médicas para fines de cobertura de medicamentos, aunque hayan sido emitidas por médicos que no estén contratados por su Administradora de Riesgos de Salud (ARS), debido a una modificación reglamentaria aprobada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 286-26.

La medida, anunciada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), busca facilitar el acceso oportuno a medicamentos ambulatorios, reducir barreras administrativas y garantizar que los pacientes puedan continuar sus tratamientos sin interrupciones.

La gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, explicó que la disposición fortalece la libertad de elección de los afiliados y mejora la continuidad de la atención médica dentro del Seguro Familiar de Salud (SFS).

“Con esta disposición, los afiliados podrán continuar sus tratamientos sin interrupciones, aun cuando consulten médicos fuera de la red contratada por su ARS, garantizando la libertad de elección y continuidad en la atención de salud”, expresó.

Afiliados tendrán más facilidades para obtener medicamentos

La modificación al Reglamento para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos Ambulatorios elimina restricciones que en muchos casos dificultaban o retrasaban el acceso a medicamentos cubiertos por el sistema de salud.

Según el CNSS, el cambio fortalece la protección del derecho a la salud de los afiliados y representa un paso importante en la mejora continua de las prestaciones del Seguro Familiar de Salud.

La reforma modifica el numeral 16 del artículo 3 del reglamento, estableciendo que las recetas médicas mantendrán su validez para fines de cobertura independientemente de si el médico pertenece o no a la red de prestadores contratada por la ARS.

Decreto 286-26 cumple resolución aprobada por el CNSS

Fernández Rodríguez recordó que el Decreto 286-26, emitido el 27 de abril de 2026, da cumplimiento a lo establecido en la Resolución 533-01 del CNSS, aprobada el 8 de octubre de 2021.

La funcionaria destacó que esta disposición fortalece la continuidad de la atención médica y garantiza a los afiliados el acceso a los medicamentos incluidos en el Catálogo de Prestaciones del Plan de Servicios de Salud (PDSS), dentro de los límites y condiciones establecidos por el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

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