El Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobó en la sesión extraordinaria de este jueves la inclusión de 27 medicamentos para tratamientos de cáncer de alto costo, de máximo nivel de complejidad y de última generación.
También incluyó siete medicamentos para hemodiálisis y trasplante renal e incorporó 44 procedimientos, que serán agregados al Catálogo de Prestaciones del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo.
La decisión fue tomada mediante la Resolución No. 431-02 el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
“Esta resolución representa un importante impacto en la salud de los pacientes que padecen estas enfermedades, pues reduce el gasto de bolsillo además que está bajo la cobertura del millón de pesos”, según informó el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto.
Las nuevas coberturas incluyen procedimientos que son de alta demanda por la población afiliada para el tratamiento de diversas dolencias; entre estos están la nefrectomía de donante vivo por laparoscopia, radioterapia tridimensional, el rastreo de metástasis de última generación y la cirugía de catarata, entre otros.
“Esta disposición representa un aporte trascendental del Consejo al fortalecimiento del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en materia de salud. Pues amplia el catálogo de servicios solicitados por los afiliados”, dijo.
Destacó que esta disposición del Consejo es el resultado del esfuerzo y trabajo del Ministro de Trabajo y presidente del CNSS, José Ramón Fadul, el viceministro de Trabajo, Winston Santos y la integración de todos los sectores que conforman el Sistema, los cuales fueron debidamente consultados.
“Se realizaron múltiples consultas con los sectores con el objetivo de llegar a un consenso, y así evitar conflictos entre las partes. Este es un avance transcendental que se corresponde con el aspecto de gradualidad”, reiteró.
Dicha resolución además incrementó el per cápita del Régimen Contributivo de RD$914.76 a RD$1,013.62, mensuales, con cargo a la Cuenta Cuidado de la Salud de las Personas del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, a partir de la dispersión del mes de noviembre del año 2017.
La resolución ratifica y detalla que la atención integral del Plan Básico de Salud, prevista en los artículos 3, 129 y 172 de la Ley No. 87-01, de fecha 9 de mayo del 2001, así como, en los Ordinales Cuarto y Quinto de la Resolución del CNSS No. 375-02, de fecha 29 de octubre del 2015, comprende todo servicio (prevención, procedimientos diagnósticos y terapéuticos, rehabilitación, medicamentos, materiales, insumos, aparatos y dispositivos) que, incluidos en el Catálogo de Prestaciones del PDSS/PBS vigente, resulten necesarios para garantizar al afiliado el adecuado y completo cumplimiento de las atenciones.