Los senadores Tommy Galán, Julio Cesar Valentín y el diputado Alfredo Pacheco, no caerán preso por el caso de los sobornos Odebrecht debido a que sus colegas o compañeros de bancadas no retiraron la inmunidad parlamentaria solicitada por la Procuraduría General de la República.
Igual suerte corrigió el diputado Alfredo Pacheco, del Partido Revolucionado Moderno, cuando la Cámara de Diputados la pasada semana rechazó retirar la inmunidad parlamentaria al diputado, a quien también la Procuraduría General de la República vincula al caso de sobornos de la empresa Odebrecht.
El senado dice que rechazó la solicitud de retiro de inmunidad de Valentín y Galán por “improcedente y al margen de los principios de utilidad y oportunidad para desarrollo del proceso judicial”.
La solicitud fue hecha el 31 de mayo pasado por el Procurador General de la República (PGR), por supuestamente recibir sobornos de la constructora Odebrecht.
«Nosotros no determinamos si el legislador es inocente o no de los hechos que se le imputa», dijo Demóstenes Martínez, presidente del Consejo de Disciplina del hemiciclo.
Expresó que carece de objeto el levantamiento de la inmunidad, ya que el propio juez Francisco Ortega cambió la medida de coerción.
Mientras que el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, del Senado, Arístides Victoria Yeb, leyó el informe de 13 páginas que explica jurídicamente y constitucional las razones del rechazo a la solicitud de Jean Alain Rodríguez, jefe del Ministerio Público, y pidió se incluyera para su aprobación a la orden del día, que fue aprobado por los 19 senadores presentes en el hemiciclo.
“La comisión ha resuelto rendir informe desfavorable solicitando el rechazo de la solicitud de levantamiento de la inmunidad por improcedente y al margen de los principios de utilidad y oportunidad a los fines del desarrollo del proceso judicial iniciado”, destaca.
Expresa que sobre la solicitud remitida por el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega, a instancia del Procurador General de la República, mediante acto de alguacil Número 469-2017 del 29 de mayo del 2017, al Senado de ponderar en los términos de los artículos 86, 87 y 89 del Constitución, el retiro de la protección legislativa a los senadores Valentín y Galán.
A los senadores Valentín y Galán les asiste la presunción de inocencia, garantía consagrada en tratados internacionales sobre derechos humanos y en la propia Constitución dominicana, e implica que toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se le dicte sentencia condenatoria con la autoridad de la cosa juzgada.
Agrega la comisión en su informe que los senadores Valentín y Galán han estado siempre dispuesto a someterse al escrutinio y a la investigación que ha abierto el Ministerio Público por los hechos imputados.
Enfatizan que la inmunidad parlamentaria está condicionada a criterios de oportunidad, pertinencia y utilidad procesal para su levantamiento, así como a la valoración política de la Cámara correspondiente.
Especifica que “el régimen las inmunidades adoptado por el constituyente dominicano no impide que un congresista pueda ser imputado e investigado, por lo que la inmunidad parlamentaria, de ningún modo, exime, que los legisladores denunciados estén en la obligación de responder ante la justicia por sus hechos personales, si es el caso.