SANTO DOMINGO.- El presidente Danilo Medina promulgó este miércoles la Ley 17-19 para la erradicación del comercio ilícito, contrabando y la falsificación de medicamentos, hidrocarburos, alcohol, tabaco y sus derivados.
La información la dio a conocer el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de la red social Twitter:twitter.com/rodrigmarchena.
La ley tiene por objeto erradicar el comercio ilícito de mercancías, tipificando los delitos del contrabando y la falsificación de productos regulados y estableciendo sus sanciones administrativas y penales.
Entre los productos que serán regulados por dicha ley están los medicamentos, los hidrocarburos, los productos del alcohol y el tabaco, así como sus derivados.
También establece que la vigilancia y fiscalización en puntos de venta de los productos comercializados al público en general compete al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro-Consumidor), excepto la fármaco-vigilancia que es una atribución exclusiva del Ministerio de Salud Pública.
Asimismo, la nueva regulación contempla que toda persona que fabrique o intente fabricar, importar, almacenar o comercializar cualquier producto regulado debe tener el registro o la autorización necesaria al efecto.
Cuando el permiso haya sido negado o revocado, o cuando no se haya abonado la fianza prescrita, si la requiere el producto, se considerará que realiza comercio ilícito sujeto a las sanciones administrativas y penales contempladas por esta ley.
El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) será el órgano regulador para el conocimiento y sanción de las infracciones administrativas en materia de hidrocarburos, quedando habilitado para especificar y graduar (por vía reglamentaria) las infracciones o sanciones legalmente establecidas.