El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) dio a conocer este lunes la resolución 11/2022 que dispone la conformación de 58 de juntas municipales.
La resolución llega luego de que varios partidos políticos externaran su preocupación ante la tardanza de la Junta Central Electoral en la conformación de las 158 juntas municipales, cuando faltan menos de dos años para los procesos electorales del 2024.
El documento señala que fueron armadas las juntas municipales de Cotuí, Hato Mayor, Los Cacaos, Mao, Puñal, San Rafael del Yuma, Vallejuelo, Piedra Blanca, San Juan de la Maguana, Sabana de la Mar, Santiago de los Caballeros, Villa González, Distrito Nacional, Santo Domingo Este, Santo Domingo Norte, Santo Domingo Oeste, Los Alcarrizos, Pedro Brand, Puerto Plata, Bonao, La Vega, Moca, Salcedo, San Francisco de Macorís, Dajabón, Montecristi, San Ignacio de Sabaneta, Nagua, Samaná, Monte Plata, San Antonio de Guerra, San Pedro de Macorís, Higüey, La Romana, El Seibo, Comendador, Azua, San José de Ocoa, San Cristóbal, Jimaní, Neiba, Pedernales, Barahona, Villa Altagracia, Pimentel, Paraíso, Rancho Arriba, Yaguate, Nizao, Gaspar Hernández, El Factor, Río San Juan, Villa La Mata, Fantino, Loma de Cabrera, Esperanza, Villa Bisonó y Sosúa.
La resolución establece que la ciudadanía y los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos tendrán un plazo de 10 días hábiles para ejercer su derecho a presentar las impugnaciones a que haya lugar respecto de los miembros titulares y suplentes de las juntas electorales que se indican en la presente resolución, todo lo cual deberá realizarse mediante un escrito motivado que será dirigido a la Junta Central Electoral.
Agrega que una vez vencido el plazo para presentar las impugnaciones, la JCE enviará en las 24 horas subsiguiente, una copia por secretaria de los pareceres escritos a los partidos políticos reconocidos y celebrará una audiencia pública a más tardar ocho días después, a fin de conocer de la impugnación formulada; las cuales deberán ser resueltas ocho días después de celebrada la audiencia.
La JCE dispuso que las personas escogidas deben cursar el programa de formación y capacitación, coordinado por la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC).