SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader extendió este martes el toque de queda, desde el 12 de noviembre hasta el primero de diciembre del año en curso, establecido en todo el territorio nacional, en busca de disminuir los efectos del COVID-19.
La medida fue emitida mediante el decreto No.619-20, que también señala que el horario se mantiene de lunes a viernes de 9:00 p.m. a 5:00 a.m.; mientras que los sábados, domingos y días feriados de 7: 00 p.m. a 5:00 a. m.
Abinader también ratificó la medida que ordena el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos y en los sitios privados de uso público como “medida esencial”.
El toque de queda no se aplicará al personal del área de salud, ni a aquellas personas que presenten una emergencia médica.
Asimismo, a quienes se dedican a labores de seguridad privada debidamente identificadas y a los miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.
También, a los operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Otras personas con libertad de transitar en horario de toque de queda son los operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, establece el decreto 619-20.
La restricción de circulación no afecta a quienes trabajen en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada.
A los pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como a empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.
Otros a quienes no afecta el toque de queda incluyen a los empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11.00 de la noche, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Se recuerda que el presidente Abinader prorrogó el pasado 18 de octubre, a través del decreto 553-20, otros 45 días más del estado de emergencia para continuar la lucha contra la pandemia del coronavirus.
Asimismo, el mandatario también prorrogó por medio al decreto 554-20, a partir del 18 de octubre del año en curso, 25 días más del toque de queda, que vencen este miércoles.