La Fiscalía del Distrito Nacional solicitó prisión preventiva, como medida de coerción, contra Clemente Báez Doñé (Julio Clemente), imputado de supuestamente amenazar de muerte a su expareja.
El Ministerio Público hizo la solicitud tras obtener pruebas sobre la alegada amenaza de muerte que recibió la mujer por parte del imputado el pasado lunes 23 de noviembre, según la fiscal actuante en el caso.
La presunta víctima, cuyo nombre no fue revelado por la Fiscalía, se querelló ante la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género contra Báez Doñé, luego “de conversar con un amigo a quien llamó asustada por la vía telefónica”.
El expediente explica que, desde el pasado mes de julio, la Fiscalía del Distrito Nacional estaba apoderada de una denuncia interpuesta por Báez Doñé, quien acusó a su expareja de presentarse a su lugar de trabajo.
En ese momento el ahora imputado aportó un video que resultó insuficiente para evidenciar que la señora cometió el hecho, refiere la Fiscalía en una nota de prensa.
Por el momento, el Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos 309-1, 309-2, 309 literal E, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24/97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y la Ley 53-07 sobre Delitos Electrónicos.
La Fiscalía del Distrito Nacional aporta, entre las pruebas que sustentan la solicitud de medida de coerción, testimonios de familiares y amigos de la mujer, así como los informes de riesgo y emocional expedidos por dos psicólogas del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
La mujer denunció otros abusos que también están bajo investigación.
El Ministerio Público sostiene que Báez Doñé no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento, en razón de que carece del arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga, máxime cuando ha sido sometido a la justicia con anterioridad.
En ese sentido, el Ministerio Público detalló que ha evaluado la medida de coerción más idónea para garantizar la presencia del imputado en el proceso.
Por ello, solicitó la imposición de la medida establecida en el artículo 226 numeral 7 del Código Procesal Penal Dominicano, consistente en prisión preventiva.