El Ministerio de Trabajo emitió la Resolución 27- 2020, en la que anuncia la extensión del plazo de 30 días para registro en esta institución, de los contratos y/o adendas de teletrabajo como modalidad especial de trabajo y establecimientos
La misma tiene por objeto modificar algunos de los aspectos de la Resolución 23-2020 de fecha 12 de noviembre de este mismo año, sobre regulación de teletrabajo como modalidad especial de trabajo en los párrafos II y III del artículo tercero. La presente resolución 27-2020 establece un plazo de 30 días para el registro de dicha adenda y/o contrato por ante la Dirección General de Trabajo (DGT) del Ministerio de Trabajo. La decisión fue tomada y concebida bajo las consideraciones de los sectores involucrados, luego de recibidas diversas comunicaciones y pareceres de los actores del sistema, donde solicitaban la extensión de dicho plazo.