Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió una sentencia en la que ordena a la Junta Central Electoral (JCE) colocar en el número uno de la boleta para diputados de ultramar de la Fuerza del Pueblo a Ramón Tallaj Jr, por lo que este organismo tendrá que imprimir de nuevo 550 mil boletas.
Con la sentencia número TSE/0335/2024, el Tribunal Superior Electoral manda a corregir el error cometido por la JCE contra Ramon Tallaj Jr, quien ganó con más del 41 % la votación interna de la FP para escoger a los candidatos a diputados de la circunscripción 1 del exterior del partido opositor y había sido colocado en el número 3 de la boleta.
Tallaj Jr. ganó un proceso de votación interna en la FP, donde su más cercana competidora obtuvo tan solo 18 % y quien quedó en el tercer lugar logró apenas un 16 % de los votos emitidos.
La decisión implica que la Junta Central Electoral tendrá que imprimir de nuevo unas 550 mil boletas y volver a clonar los equipos en el nivel de diputados de ultramar para USA y Canadá, por haber hecho caso omiso a la instancia presentada por el abogado de Ramon Tallaj Jr, el licenciado Wilfredo Tejeda, ante al pleno de la JCE, por lo que el jurista recurrió ante el Tribunal Superior Electoral obteniendo ganancia de causa.
El empresario, a quien todos indican que sólo se ha vinculado a la política para seguir ayudando a la comunidad, afirmó «vamos a hacer lo que hace falta, lo correcto, con nuestra casa, que es la FP y que sobre todo es el motivo de esperanza nacional”.
Ramon Tallaj Jr. es un reconocido empresario de la ciudad de Nueva York, dado como seguro ganador en las próximas elecciones congresuales por sus constantes aportes, trabajos y defensas a través de los años, en favor de la comunidad dominicana en el exterior, así como por su labor social en comunidades empobrecidas de República Dominicana, el aspirante a diputado de ultramar es hijo del reconocido médico y filántropo Dr. Ramon Tallaj Fermín.
El dispositivo dispone la ejecución de dicha decisión, no obstante, cualquier recurso que contra la misma se interponga, en virtud de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 29/11 que crea el Tribunal Electoral.
Ahora la JCE, debe dar cumplimiento a dicha sentencia y traer de nuevo al país todas las valijas con las boletas y material de la circunscripción uno del exterior, para que sean reimpresas y adecuadas a dicha sentencia para lo que el órgano electoral cuenta con poco más de quince días.
La decisión judicial establece, que acoge en cuanto al fondo dicha impugnación y, en consecuencia, revoca la resolución impugnada, solamente en relación a las candidaturas del nivel de diputados en la circunscripción 1 de diputados representantes de la comunidad dominicana en el exterior presentada por el partido Fuerza del Pueblo(FP), para que figure el orden de los candidatos en la boleta según los resultados obtenidos por estos en el proceso interno, en cumplimiento del párrafo II del artículo 56 de la ley número 33/18 y lo estipulado en la Resolución 01/2024 de la propia Junta Central Electoral.