SANTO DOMINGO. – Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), declararon ayer viernes inadmisible una acción de amparo que intentaba suspender las elecciones congresuales y presidenciales previstas para el cinco de julio.
El referido tribunal, al tomar la decisión, alegó que la actuación denunciada “no deviene manifiestamente arbitraria o ilegal”.
La acción fue incoada por el ciudadano José Núñez Brun.
El tribunal, presidido por el magistrado Román Jáquez, sostuvo que con la citada acción lo que se pretendía era suspender los efectos de una resolución de la Junta Central Electoral (42-2020), la cual fijó las elecciones para la citada fecha, causa de la pandemia del coronavirus.
Antes de dictar su decisión, los jueces rechazaron una excepción de incompetencia presentada por el órgano electoral.
La institución sostuvo que el TSE no era competente para el conocimiento de la acción, puesto que el mismo era un acto administrativo y, por consiguiente, debía pasar al Tribunal Superior Administrativo.
La acción de amparo indicaba que los efectos que generaron que las elecciones fueran pasadas del 17 de mayo al cinco de julio, aún se conservan, por lo que pedía que fueran suspendidos los efectos de la resolución de la Junta.
Esto, “en tanto exista la condición sanitaria, para salvaguardar los derechos de la salud y de la vida tanto de los exponentes como de la población dominicana”.