La Cámara de Diputados aprobó este jueves a la resolución que autoriza al ejecutivo a declarar en estado de emergencia el territorio nacional ante la alerta mundial por el coronavirus.
El estado de emergencia será por un plazo máximo de veinticinco (25) días, que procura que el gobierno central y sus instituciones puedan contar con facultades extraordinarias para combatir el COVID-19.
La resolución enviada por el Ejecutivo está motivada por la situación que vive el país como consecuencia del coronavirus y la declaratoria de pandemia por la Organización Mundial de la Salud.
El diputado del Partido Revolucionario Moderno, Alfredo Pacheco, que su bloque respalda la resolución y propuso algunas medidas que podrían ayudar a afrontar la pandemia.
Además algunos diputados propusieron que su utilicen algunas edificaciones del estado y hoteles para alojar a los que sean afectados por el virus.
El diputado Henry Merán recordó que “En caso de que el Congreso Nacional autorice la declaratoria de estado de excepción integrará una comisión bicameral, de conformidad con sus reglamentos internos, que se encargará del seguimiento de las actuaciones y medidas tomadas durante el periodo de duración de dicho estado de excepción”.
El vocero del Partido de la Liberación Dominicana, Gustavo Sánchez, consideró oportuna e importante la resolución que autoriza a Danilo Medina a declarar el Estado de Emergencia en todo el territorio nacional.
“Estamos amenazados con esta pandemia, el coronavirus. Invitamos a todos los partidos a que hagamos causa común” agregó Sánchez.
Medidas adoptadas por el gobierno
El presidente Danilo Medina anunció una serie de medidas para afrontar el coronavirus entre las que incluye la solicitar al congreso la declaratoria de emergencia nacional, la suspensión de la docencia y actividades comerciales.
Además anunció el cierre de las fronteras del país por tierra, mar y aire, durante los próximos 15 días.
“A partir de ese momento, solo se permitirá la entrada de aviones ferry para la salida de ciudadanos extranjeros que quieran regresar a sus países y la llegada de aviones, buques de carga y de combustibles para garantizar los suministros a la población” agregó Medina.
Qué dice la resolución aprobada
Disponer las restricciones, por el tiempo estrictamente necesario, a las libertades de tránsito, asociación y reunión, de acuerdo con lo dispuesto en las letras h) y j) del numeral 6 del articulo 266 de la Constitución y los numerales 8 y 10 del articulo 11 de la Ley núm. 21-18, siempre guiados por las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la práctica internacional para prevenir la aglomeración de personas que puedan propagar aún más el COVID-19.
Adoptar las medidas necesarias para garantizar que los centros de salud pública se mantengan provistos de los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades y así garantizar la asistencia hospitalaria y la provisión de medicamentos a las personas afectadas por el COVID-19 que lo requieran.
Disponer las medidas necesarias para apoyar a los diferentes sectores económicos nacionales durante el periodo de emergencia como forma de proteger el empleo y los ingresos de los trabajadores.
Tercero: Se integrará una comisión bicameral, según los reglamentos de las cámaras legislativas, que se encargará del seguimiento de las actuaciones y medidas tomadas durante el periodo de duración del estado de excepción que se autoriza.