El director de la DIGESETT, general de brigada licenciado Ernesto Rafael Rodríguez García, afirmó que vencido el plazo que otorga la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para el pago correspondiente por la renovación del marbete, los miembros de la entidad tendrán la facultad de retener y remolcar a los Centros de Retenciones los vehículos que no estén dotado de ese permiso.
Precisó que la ley 63-17, Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su artículo 189 prohíbe “conducir por las vías públicas un vehículo de motor cuyo marbete no haya sido renovado”.
Agregó que el párrafo tercero de ese artículo autoriza a los agentes de la DIGESETT a retener y remolcar las unidades que violen esa disposición. Asimismo, dijo que a los conductores de dichos vehículos se les entregará un acta de infracción o multa.
El general Rodríguez García exhortó a los ciudadanos a renovar su marbete para que puedan circular apegados a lo establecido en la referida legislación.
Expresó que la normativa también autoriza a los miembros de la DIGESETT a retener y remolcar los vehículos que transitan con la póliza del seguro vencida (artículo 217), cuando se estacionan en lugares prohibidos y obstruyen las vías públicas (artículos 242 y 307), cuando pierden las condiciones de seguridad (artículo 170) y como medida precautoria (artículo 321), entre otros.
Rodríguez García precisó que los miembros de la DIGESETT continuarán trabajando apegados a la ley y fomentando el respeto mutuo, con el objetivo de salvaguardar vidas, bienes y promover la convivencia en las vías públicas del país.