La Romana.- El juez presidente de la Cámara Penal de La Romana declaró inadmisible el Recurso de Amparo, con lo que deja sin protección judicial al recluso Juan Tomas Richiez Ditren.
El juez deja al amparo del Ministerio Público que sin orden judicial podrá determinar la suerte de cualquier reo de trasladarlo a la carcel .
El magistrado Carlos Peña Martínez, quien para justificar su decisión entró en contradicciones con su propia decisión que había dispuesto como medida cautelar el traslado del reo del Centro Correccional Anamuya a retornarlo a la cárcel donde guardaba prisión.
El juez para adoptar y justificar su decisión analizó las palabras «autoridad competente y judicial» alegando que la Constitución de la República daba cabida a varias interpretaciones de ese contenido.
En su decisión el.juez se contradice cuando dice que la Fiscalía puede trasladar un reo sin autorozación judicial.
Director de penal no asiste
El director del Penal de Anamuya, en Higüey ARON GARIB OGANDO, no compareció hoy ante el juez para que explicara las condiciones y circunstancias en que fue recibido el reo el 04 de mayo de 2019.
Richiez Ditren, acusado de lavado de activos, fue trasladado arbitrariamente el sábado 04 de mayo de 2019, de manera ilegal, arbitraria y sin orden judicial motivada, por instrucciones de la Fiscal de La Romana.
Habla reo
Juan Tomas Ditren denunció frente al juez las condiciones inhumanas que existen en el recinto carcelario donde no hay agua ni para bañarse.
«No hay ni siquiera agua en el Centro Correccional Cucama», precisó ante el juez.
Dijo que como fruto de su prision irregular no figura en el sistema de registro del recinto carcelario y que las autordades del penal les han confesado que está irregularmente preso.
Sostuvo que cuando un reo está registrado en el sistema y es requerido por los tribunales para ejecutar el traslado se toma hasta siete días.
«No tengo una medida no aparezco ni en el sistema».
Dijo que el Ministerio Público está usando traba en su contra tras requerirlo para llevarlo al hospital cuando es para un tribunal el requerimiento, responsabilizó a la fiscal Yaniris Rodríguez de lo que le pueda pasar en la cárcel.
El Peña Martinez había dispuesto que la Fiscalía de esa jurisdicción retorne a la cárcel preventiva al recluso Richiez Ditren, quien había sido trasladado de forma ilegal a la cárcel de Anamuya, Higüey, por la fiscal Reyna Yaniris Rodriguez.
En esa misma decisión ordenó la comparecencia del director del Penal Anamuya, decisión que nunca fue cumplida.
La pasada semana, el juez Peña Martínez, se había inhibido de conocer el recurso de amparo en contra de la Fiscalía de esa jurisdicción por el traslado irregular del recluso Richiez Ditren, quien lleva nueve meses preso sin conocerle medida de coerción, por la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, determinó que no había motivo para la inhibición.
La decisión, de carácter provisional, fue rendida In Voce durante el conocimiento del Recurso de Amparo, interpuesto por Richiez Ditren en contra de la Fiscalía de La Romana, por violación a sus derechos fundamentales relativos a la dignidad humana y seguridad personal.
El abogado Salvador Catrain en varias ocasiones ha denunciado que la “fiscal de La Romana, tiene los jueces penales secuestrados, amordazados, amenazados y por eso el día de hoy ese magistrado se inhibió, no tuvo ninguna razón de Derecho para inhibirse”.
Dijo que el respeto a los derechos fundamentales está por encima de todo porque se trata de un aspecto amparado por la Constitución de la República y el juez se inhibe por la presión que ejerce en él y con todos los jueces la fiscal Rodríguez Cedeño.
Sostuvo que Richiez Ditren, está prácticamente secuestrado, sin orden de un funcionario judicial competente del recinto carcelario de La Romana y llevado al Centro Correccional Anamuya, sin orden judicial escrita y motivada.
“Ese reo no tiene medida de coerción ni tampoco está condenado por lo que no puede ser sometido al régimen penitenciario del nuevo modelo como lo ha sometido la fiscal Rodríguez Cedeño”.
Los abogados fundamenta su solicitud en el artículos 65 y siguientes de la Ley 137-11, y 72 de la Constitución de la República, y demás, luego de comprobar arbitrariedad e ilegalidad del traslado y movilización de dicho imputado y las violaciones constitucionales al efecto que se han cometido en contra de dicho ciudadano y de sus derechos fundamentales.
Este recluso tiene nueve meses guardando prisión sin conocerle medida de coerción, algo nunca visto en el sistema de justicia de la República Dominicana.