SANTO DOMINGO.- El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Mariano Germán, rechazó ayer el recurso de oposición fuera de audiencia que interpuso Víctor Díaz Rúa contra el Auto número 11-2018, mediante el cual designó al magistrado Francisco Ortega para continuar con el proceso contra los siete encartados en el caso Odebrecht.
Asimismo declaró inadmisible la solicitud de reconsideración del mismo Auto, elevada por por el imputado Andrés Bautista García.
Con esas dos decisiones, el presidente de la SCJ deja libre el camino para que el juez de la instrucción especial, Ortega, conozca y decida el próximo viernes 6, en audiencia preliminar, la acusación y requerimiento de apertura a jucio presentadas por el procurador general, Jean Rodríguez, contra el grupo que se habría beneficiado con los US$92 millones de sobornos pagados por Odebrecht en el país, a cambio de la concesión de 16 obras públicas.
Son ellos además de Díaz Rúa y Bautista García, Ángel Rondón, el senador Tommy Galán, Conrado Pittaluga Arzeno, Jesús (Chu) Vásquez y Roberto Rodríguez.
Pedimento de Díaz Rúa. A través de su defensa técnica encabezada por Miguel Valerio, había solicitado al presidente de la SCJ revocar en todas sus partes el Auto de marras, por ser contrario al precedente constitucional de la sentencia número TC/0483/15 del 6 de noviembre del 2015, dictada por el Tribunal Constitucional, así como de los artículos 69 de la Constitución; 8.1 de la Convención Americana sobre derechos humanos.
Díaz Rúa solicitó además anular en todas sus partes el Auto número 01-2018 del 20 de junio, mediante el cual el juez Ortega convocó a los encartados para la audiencia del próximo viernes 6 donde dará apertura a jucio, “debido a la designación ilegal del mismo, por improcedente, mal fundado y carente de base legal”.
Petición de Bautista García. A través de su abogado, Carlos salcedo, solicitó al presidente de la alta corte, revocar el contenido del Auto del 11 de junio del 2018 con la designación de Ortega para conocer la audiencia preliminar-fase intermedia.
Pidió designar un nuevo juez de la instrucción especial para conocer del presente proceso, en virtud de los artículos 17 y 24 de la Ley número 25-91 Orgánica de la SCJ, modificada por la Ley número 156-97 de 1977; el artículo 53 de la Ley número 107-13 sobre procedimiento administrativo, y del 379 del Código Procesal Penal.
Argumentos de Mariano. En sus autos números 14-2018 y 15-2018, con fecha 29 de junio del año en curso, el presidente de la SCJ justificó su rechazo al recurso de oposición de Díaz Rúa, en atención al artículo 379 del CPP, que tiene como única salvedad que “en caso de apertura a juicio, el juez designado como Juez de Instrucción Especial no puede integrar el tribunal para conocer del proceso.